Saltar al contenido

Artículo 3 de la Ley 1.236 · Cobro de contribuciones

Cobro de contribuciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22492 / 5948656.

Texto oficial

ART. 3.° Esta lei rejirá desde su promulgacion en el Diario Oficial i desde el mismo dia correrá el plazo de los dieziocho meses establecidos en ella.