Texto oficial
Artículo único. Fíjase en tres mil pesos anuales, a contar desde el 1.° de junio del presente año, el sueldo del tesorero fiscal de Magallanes, el cual tendrá a su cargo la contabilidad especial de los terrenos de colonizacion.
Tesorero fiscal de magallanes
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22496 / 5948668.