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Artículo UNICO de la Ley 1.262 · Suplemento al ministerio de relaciones exteriores

Suplemento al ministerio de relaciones exteriores

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 22513 · idParte: 5948725

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Concédese un suplemento de cuarenta i cinco mil pesos al ítem 6.° de la partida 13 del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, para gastos de espediciones i personal subalterno de las comisiones encargadas de la demarcacion de límites con la República Arjentina.