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Artículo UNICO de la Ley 1.308 · Concesion a la sociedad de instrucción primaria de concepcion

Concesion a la sociedad de instrucción primaria de concepcion

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 22547 · idParte: 5948843

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Concédese a la Sociedad de Instrucci�n Primaria de Concepcion el permiso requerido por el art. 556 del Código Civil para que pueda conservar hasta por treinta años el sitio i casa que posee, ubicado entre las calles de Angol i Las Heras de la ciudad de Concepcion.