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Artículo PRIMERO de la Ley 1.318 · Lei n.° 1,318;concede fondos para obras de defensa en el zanjon de;la aguada

Lei n.° 1,318;concede fondos para obras de defensa en el zanjon de;la aguada

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22553 / 5948863.

Texto oficial

Santiago, a 29 de Diciembre de 1899.- ARTICULO PRIMERO, Autorízase al Presidente de la República para invertir la cantidad de veintiun mil cuatrocientos setenta pesos reinta i seis centavos en los trabajos que deben ejecutarse en el Zanjon de la Aguada, para impedir inundaciones de los terrenos colindantes de la Fábrica de Cartuchos, indemnizar los perjuicios sufridos por los mismos en el año actual, adquirir el terreno necesario para dicho trabajo i volver a habilitar la turbina de la espresada Fábrica.