Saltar al contenido

Artículo UNICO del Decreto Ley 1390

Concede pension, por gracia, a doña maria felicinda rojel burdiles

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 225565 / 8370676.

Texto oficial

Artículo único.- Otórgase, por gracia, a doña María Felicinda Rojel Burdiles, una pensión de un sueldo vital mensual. El gasto que importe el presente decreto ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.