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Artículo UNICO del Decreto Ley 1397

Concede pension, por gracia, a don francisco arellano moraga

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 225573 / 8370700.

Texto oficial

Artículo único.- Otórgase, por gracia, a don Francisco Arellano Moraga una pensión de dos sueldos vitales mensuales. El gasto que importe la aplicación del presente decreto ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.