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Artículo UNICO del Decreto Ley 1521

Otorga beneficio, por gracia, a don juan antonio cruz cruz

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 225714 / 8370785.

Texto oficial

Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don Juan Antonio Cruz Cruz, para los efectos de su jubilación, como tiempo efectivamente servido, el periodo comprendido entre el 25 de Noviembre de 1948 y el 31 de Diciembre de 1954. El mayor gasto que importe la aplicación del presente decreto ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.