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Artículo 5 del Decreto Ley 1522

Introduce modificaciones a los articulos 46º y 55º bis., del dfl. nº 2, de interior, de 1968

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 225716 / 6481004.

Texto oficial

Artículo 5º.- El mayor gasto fiscal que represente este decreto ley, se financiará con cargo al mayor rendimiento de los impuestos establecidos en el decreto ley Nº 825, de 1974. Será aplicable al presente decreto ley lo dispuesto en el artículo 13º, del decreto ley Nº 1.401, de 1976.