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Artículo UNICO de la Ley 1.340

Considera al departamento de mulchen como de cuarto orden para los efectos de pago del impuesto de patentes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22572 / 8274273.

Texto oficial

Artículo único. Para los efectos del pago del impuesto de patentes, fijados por la lei de 22 de Diciembre de 1866, el departamento de Mulchen figurará, en adelante, en el cuarto órden de los establecidos por la lei referida.