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Artículo UNICO del Decreto Ley 1515

Otorga, por gracia, pension a doña rene a. del carmen gutierrez menares

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 225794 / 8370818.

Texto oficial

Artículo único.- Otórgase, por gracia, a doña René Amelia del Carmen Gutiérrez Menares una pensión de tres sueldos vitales mensuales de la Región Metropolitana de Santiago. La beneficiaria dejará de percibir la pensión asistencial de que disfruta, a contar de la publicación del presente decreto ley. El gasto que importe la aplicación del presente decreto ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.