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Artículo UNICO de la Ley 1.387 · Suplemento

Suplemento

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 22608 · idParte: 5949042

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Concédese un suplemento de trescientos cincuenta mil pesos al ítem 16 de la partida 13 del presupuesto de Guerra, "para construcciones, reparaciones, aseo i conservacion de los fuertes de Talcahuano".