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Artículo UNICO de la Ley 1.395 · Suplemento

Suplemento

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22616 / 8274300.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Se concede un suplemento de cuatro mil pesos al ítem 20 de la partida 2.a del presupuesto del Ministerio del Interior, para gastos jenerales de la Secretaría de la Cámara de Diputados.