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Artículo UNICO de la Ley 1.408

Inversion de 400,000 pesos para la construccion de un hospital para niños en la ciudad de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22627 / 8274315.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para contratar a precio alzado, hasta por la suma de cuatrocientos cincuenta mil pesos, la construccion de un hospital para niños, en la ciudad de Santiago, con capacidad para recibir, por lo ménos, doscientas cincuenta camas.