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Artículo 28 del Decreto 148

Aprueba reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 226458 / 8651092.

Texto oficial

Artículo 28 El Generador deberá establecer un manejo diferenciado entre los residuos peligrosos y los que no lo son.