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Artículo PRIMERO del Decreto Ley 2317

Declara feriado legal el dia 14 de agosto de 1978

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 226675 / 8370930.

Texto oficial

Artículo primero.- Declárase feriado legal el día 14 de Agosto de 1978.