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Artículo UNICO de la Ley 1.461 · Construccion de un cauce colector en la serena

Construccion de un cauce colector en la serena

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22668 / 5949233.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para que invierta hasta la suma de cuarenta i siete mil quinientos treinta i siete pesos sesenta i siete centavos, en la construccion de un cauce colector en la ciudad de la Serena, en conformidad a los planos i presupuestos aprobados por el Consejo de Obras Públicas en sesion de 4 de Noviembre de 1899.