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Artículo UNICO del Decreto Ley 2332

Declara feriado legal, a contar de la hora que indica, el dia 11 de septiembre de 1978

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 226751 · idParte: 8370959

Texto oficial

Artículo único: Declárase feriado legal, a contar de las 14 horas, el día 11 de Septiembre de 1978. Este feriado no afectará las actuaciones judiciales realizadas.