Saltar al contenido

Artículo 4 de la Ley 19.953

Otorga bono extraordinario y beneficios previsionales a personas que señala, modificando el dl nº 869 de 1975 y la ley nº 19.454

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 226785 / 7312688.

Texto oficial

Artículo 4º.- Fíjase en $41.405, a contar del 1 de septiembre de 2004, y en $44.960, a contar del 1º de septiembre de 2005, el monto de las pensiones asistenciales del decreto ley Nº 869, de 1975, para aquellos pensionados que a las fechas indicadas tengan 75 o más años de edad.