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Artículo UNICO de la Ley 1.482

Que concede un suplemento de 80,000 pesos al p`resupuesto del ministerio del interior, para gastos imprevistos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 22684 · idParte: 8274372

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Concédese un suplemento de ochenta mil pesos ($ 80,000) al ítem 15 de la partida 66, para gastos imprevistos del presupuesto del Ministerio del Interior.