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Artículo UNICO de la Ley 1.493

Que autoriza la inversion de 82,000 pesos en la;reconstruccion de los edificios incendiados en la casa;de orates.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22691 / 8274387.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Se autoriza al Presidente de la República para invertir la suma de ochenta i dos mil pesos ($ 82,000) en la reconstruccion de los edificios incendiados en la Casa de Orates.