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Artículo PRIMERO de la Ley 1.504

Que autoriza la inversion de 221,275 pesos 50 centavos en pagar a don victor sotta frost sesenta mil frazadas para el ejercito.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 22700 · idParte: 5949336

Texto oficial

Artículo primero. Autorizase al Presidente de la República para que invierta hasta la suma de doscientos veintiun mil doscientos setenta i cinco pesos cincuenta centavos ($ 221,275.50), oro de dieciocho peniques, en pagar a don Víctor Sotta Frost, la cantidad que se le adeuda por sesenta mil frazadas que ha suministrado al Ejército en los años de 1898 a 1899.