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Artículo UNICO de la Ley 1.544 · Patronato de santa filomena.- se le permite conservar la posesion de un bien raiz

Patronato de santa filomena.- se le permite conservar la posesion de un bien raiz

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22734 / 5949446.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Concédese a la fundacion de Beneficencia denominada "Patronato de Santa Filomena", el permiso requerido por el artículo 556 del Código Civil para que pueda conservar, durante treinta años, la posesion de un bien raiz que tiene adquirido con frente a las calles de los Hermanos i Domínica de la ciudad de Santiago.