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Artículo UNICO de la Ley 1.564

Que concede a la sociedad de beneficencia de señoras de valparaiso el permiso para conservar un bien raiz

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22750 / 5950546.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Se concede a la Sociedad de Beneficencia de Señoras de Valparaiso, el permiso especial requerido por el artículo 556 de Código Civil, para conservar, durante treinta años, la posesion del bien raiz que tiene adquirido en la referida ciudad, signado con los núms. 115 a 119 de la calle de la Victoria.