Texto oficial
ART. 3.° Se autoriza al Presidente de la República para invertir en el presente año, las siguientes sumas en los objetos que se espresan:
Cuatrocientos pesos en gastos de alimentacion de reos de varias subdelegaciones del departamento de Iquique;
Ochenta i ocho pesos ochenta i ocho centavos en pagar el sueldo que se adeuda al médico de la cárcel de Traiguen desde el 28 de Noviembre al 31 de Diciembre de 1901; i
Sesenta pesos sesenta i cinco centavos para pago de cuentas atrasadas de la cárcel de Temuco, correspondientes al citado año de 1901.