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Artículo UNICO de la Ley 1.580 · Que concede fondos para combatir la viruela en antofagasta

Que concede fondos para combatir la viruela en antofagasta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22762 / 8274429.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Se autoriza al Presidente de la República para invertir hasta la suma de diez mil pesos ($ 10,000) a fin de combatir la viruela en la provincia de Antofagasta.