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Artículo SEGUNDO del Decreto Ley 330

Desafecta del uso publico al sector que señala de la quinta normal, en la provincia que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 227714 / 6487912.

Texto oficial

Artículo segundo.- En virtud de lo dispuesto en el presente decreto ley, se entiende modificado el Plano Regulador de Santiago sin necesidad de trámite alguno.