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Artículo UNICO de la Ley 1.592

Que concede permiso para conservar bienes raices a la sociedad alemana union, establecida en valdivia

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 22773 · idParte: 5950642

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Se concede a la Sociedad "Alemana Union" establecida en Valdivia, el permiso especial requerido por el artículo 556 del Código Civil, para que pueda conservar, durante treinta años, la posesion de los bienes raices que tiene adquiridos en las calles Chacabuco i Letelier, de esa ciudad.