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Artículo UNICO de la Ley 1.602 · Concede permiso para conservar un bien raiz a la sociedad instructiva el porvenir

Concede permiso para conservar un bien raiz a la sociedad instructiva el porvenir

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22783 / 5950681.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Se concede a la Sociedad de Instructiva "El Porvenir", establecida en Santiago, el permiso requerido por el artículo 556 del Código Civil, para que pueda conservar, hasta por treinta años, la posesion del bien raiz que tiene adquirido en la Avenida del Rosario de esta ciudad, signado con el núm. 1,112.