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Artículo UNICO de la Ley 1.607

Que declara libres de derechos de internacion las sales potásicas destinadas a abonos agrícolas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22787 / 7164257.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Se declaran libres de derechos de internacion las sales potásicas destinadas esclusivamente a ser empleadas como abono en la agricultura.