Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 17.571

Dispone transferencia gratuita de una vivienda en favor de doña iris cid pardo y de don victor queirolo reyes, en la ciudad de talca

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 227922 / 6488567.

Texto oficial

Artículo único.- La Corporación de Servicios Habitacionales otorgará título gratuito de dominio y transferirá sin costo alguno una vivienda definitiva, en la ciudad de Talca, a doña Iris Cid Pardo viuda del ex funcionario de la Dirección de Vialidad de Talca don Manuel Mejías Ramírez, de las que tenga por entregar en una fecha próxima o dentro del plazo de 90 días, a contar de la fecha de publicación de la presente ley. Asimismo, la citada Corporación otorgará título gratuito de dominio y transferirá sin costo alguno una vivienda definitiva, en la ciudad de Talca, a don Víctor Queirolo Reyes, funcionario de la Dirección de Vialidad, Oficina Provincial de Talca. La Corporación de Servicios Habitacionales, dará prioridad a los asignatarios mencionados para la adjudicación de dichas viviendas, las que deberán tener un valor mínimo de 7.745 y máximo de 12.115 unidades reajustables, y no podrán enajenarse sin previo acuerdo del Consejo de dicha Corporación, antes de los diez años siguientes a la respectiva transferencia.