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Artículo UNICO de la Ley 17.528 · Concede pension, por gracia, a doña maria luisa elcira ovalle rodriguez

Concede pension, por gracia, a doña maria luisa elcira ovalle rodriguez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 227997 / 6488768.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña María Luisa Elcira Ovalle Rodríguez, una pensión equivalente a dos sueldos vitales mensuales, escala A), del departamento de Santiago. El gasto que importe la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.