Texto oficial
Artículo 2º.- Declárase aplicable al beneficiario de este decreto ley, a contar desde la misma fecha y para todos los efectos legales y previsionales, el decreto ley Nº 17, de 17 de Septiembre de 1973.
Asciende a un oficial post-mortem
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 228041 / 6488897.