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Artículo UNICO del Decreto Ley 1442

Autoriza al club hipico de santiago s.a. y al hipodromo chile s.a. para realizar una reunion extraordinaria en beneficio de la corporacion para la nutricion infantil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 228042 / 8371185.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase al Club Hípico de Santiago S.A. y al Hipódromo Chile S.A., para efectuar, durante el año 1976, una reunión extraordinaria, cuyo producto líquido será entregado a la Corporación para la Nutrición Infantil, debiéndose efectuar la liquidación correspondiente conforme a lo dispuesto en el artículo Nº 27 del decreto supremo de Hacienda Nº 807, de 1970.