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Artículo 3 de la Ley 1.630

Renueva la autorizacion concedida al presidente de la república para vender ciertos terrenos fiscales en valparaiso.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22805 / 5950757.

Texto oficial

ART. 3.° El valor de los terrenos que se enajenan en virtud de esta lei, se pagará con un cincuenta por ciento al contado i el cincuenta por ciento restante a un año plazo, con mas el interes del seis por ciento. La mora será penada con un interes suplementario equivalente a otro tanto del estipulado. La propiedad quedará hipotecada en garantía de la parte insoluta de precio i sus intereses. Los intereses penales que se establecen por esta lei, tendrán la misma aplicacion que los intereses legales estipulados.