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Artículo 4 TRANSITORIO del Decreto Ley 1483

Modifica el estatuto del personal de las ff.aa., d.f.l. (g), nº 1, de 1968

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 228193 / 8651179.

Texto oficial

Artículo 4º transitorio.- Decláranse bien percibidas las remuneraciones asignadas al Personal a Contrata de las Fuerzas Armadas durante el año 1975 y hasta la fecha de vigencia del presente decreto ley, y a quienes se pagó con fondos del presupuesto, con cargo a Leyes Especiales o con Fondos propios de las Unidades y Reparticiones. A quienes se encontraren en la situación descrita en el inciso precedente, y hubieren iniciado la tramitación de su Expediente de Retiro, se les computará su pensión de retiro y montepío sobre la base de aquella renta global.