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Artículo UNICO de la Ley 17.065 · Concede pension, por gracia, a don ramon freire aedo

Concede pension, por gracia, a don ramon freire aedo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 228262 / 6489723.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, una pensión mensual de trescientos escudos, a don Ramón Freire Aedo. El mayor gasto que signifique la aplicación de la presente ley, se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.