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Artículo UNICO de la Ley 17.100 · Concede pension, por gracia, a doña maria o. campos viuda de serrano

Concede pension, por gracia, a doña maria o. campos viuda de serrano

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 228278 / 6489771.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña María O. Campos viuda de Serrano una pensión de setenta y cinco escudos mensuales. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.