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Artículo UNICO de la Ley 17.110 · Concede pension, por gracia, a doña margarita isabel aguila carrillo

Concede pension, por gracia, a doña margarita isabel aguila carrillo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 228288 / 6489801.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Margarita Isabel Aguila Carrillo una pensión mensual de Eº 100. El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.