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Artículo UNICO de la Ley 17.115 · Concede pension, por gracia, a doña sara del carmen cortes

Concede pension, por gracia, a doña sara del carmen cortes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 228293 / 6489816.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Sara del Carmen Cortés, hija del ex Soldado del Regimiento Zapadores de Línea de la Campaña del Pacífico de 1879, una pensión de setenta y cinco escudos mensuales. El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.