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Artículo UNICO de la Ley 1.683

Autoriza la inversion de 30 000 pesos para el pago de las cuentas pendientes de la comision de limites con bolivia i de 20 000 pesos para iniciar los trabajos de demarcacion de la puna de atacama.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22844 / 5950936.

Texto oficial

Artículo único. Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de treinta mil pesos ($ 30 000) en atender al pago de las cuentas pendientes de las comisiones de estudio del límite con Bolivia. Autorísasele asimismo para invertir hasta la suma de veinte mil pesos ($ 20 000) en la iniciacion de los trabajos de la demarcacion de la Puna de Atacama i en el pago de diversos servicios complementarios de la oficina de límites.