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Artículo UNICO de la Ley 1.689 · Concede suplemento al presupuesto de ministerio de marina

Concede suplemento al presupuesto de ministerio de marina

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22850 / 7164363.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese un suplemento de ciento setenta i cuatro mil pesos ($ 174 000) al ítem 1028 de la partida 22 del presupuesto de Marina vijente, para sueldo del personal de sarjento, cabos de armas i rifleros, con arreglo a la lei de 1.° de Febrero de 1903; i redúcese en igual suma el ítem 70 de la partida 4.a del mismo presupuesto, para la jente de mar a flote.