Texto oficial
Tercero: Ingresada la reclamación en la Secretaría, el Tribunal conocerá de ella en cuenta que dará el Secretario Relator. Si ha sido interpuesta fuera de plazo o no cumple con los requisitos indicados precedentemente, se la declarará inadmisible sin más trámite. Admitida a tramitación, podrá el Tribunal solicitar al Director Regional del Servicio Electoral, por la vía más rápida, el envío urgente de todos los antecedentes que obren en su poder relativos a la reclamación.