Texto oficial
Artículo único. Se autoriza a la Municipalidad de Peñaflor para que pueda conceder hasta por treinta años, el uso de sus calles, caminos i plazas para el establecimiento de un ferrocarril de traccion animal o a vapor.
Autoriza a la municipalidad de peñaflor para que ceda el uso de sus calles para el establecimiento de un ferrocarril de traccion animal o a vapor.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22856 / 8274632.