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Artículo 1 de la Ley 1.711 · Autoriza la contratacion de las obras de mejoramiento del puerto de valparaiso

Autoriza la contratacion de las obras de mejoramiento del puerto de valparaiso

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22867 / 5951012.

Texto oficial

Artículo 1.° Autorízase al Presidente de la República por el término de dos años, para que contrate por propuestas públicas, que deberán pedirse con un año de anticipacion a lo ménos, la totalidad de las obras jenerales i complementarias de mejoramiento del puerto de Valparaíso, con arreglo al proyecto i planos formados por el injeniero don Jacobo Kraus. El contrato se hará a precio alzado que no exceda de dos millones quinientas setenta mil libras esterlinas, mas los intereses del cinco por ciento sobre los capitales que se inviertan durante la construccion, liquidados cada seis meses, intereses que solo se abonarán en el caso de hacerse el pago despues de la total terminacion de las obras. El Presidente de la República, de acuerdo con el Consejo de Estado, i previos los informes del caso, podrá disponer o autorizar la introduccion de modificaciones al proyecto al pedir las propuestas o durante la ejecucion de los trabajos, siempre que ellas no afecten a la duracion o estabilidad de las obras ni importen un aumento del costo fijado en el presupuesto total.