Texto oficial
Artículo único.- Inclúyese el carburo de calcio entre los artículos libres de derechos de internacion que enumera la lei número 980, de 23 de Diciembre de I897, en su artículo 7.°
Declara libre de derechos de internacion al carburo de calcio
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22877 / 5951075.