Texto oficial
Artículo único.- Se autoriza al Presidente de la República para invertir la suma de cuarenta i seis mil trescientos noventa i seis pesos ($ 46396) en atender a la adquisicion de calzado para el servicio del Ejército.
Concede 46396 pesos para la edquisicion de calzado para el ejercito.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22882 / 5951090.