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Artículo PRIMERO de la Ley 1.731

Concede una asignacion de 10 000 marcos a la viuda e;hijas del teniente coronel asimilado don erich herrmann.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22883 / 5951093.

Texto oficial

Artículo primero.- En atencion a los servicios prestados al país por el teniente-coronel asimilado don Erich Herrmann, concédese por gracia, a su viuda e hija, por una sola vez, una asignacion de diez mil marcos.