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Artículo UNICO de la Ley 1.754

Concede liberacion de derechos de aduana a la;sociedad chilena de tranvias i alumbrado electricos.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22894 / 5951123.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.-Se concede a la Sociedad Chilena de Tranvías i Alumbrado Eléctricos liberacion de derechos de aduana por el término de cuatro años, i hasta por la suma de doscientos mil pesos ($ 200 000), para los artículos que importe para la instalacion i mantenimiento de los trabajos de la Empresa. No gozarán de este beneficio los artículos gravados con los derechos de treinta i cinco i sesenta por ciento.