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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 28

Traspasa a las subsecretarias de aviacion y de guerra las funciones de los servicios publicos que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 229109 / 7313755.

Texto oficial

Artículo 2º.- Traspásase, desde la Caja de Previsión de la Defensa Nacional a la Subsecretaría de Guerra, la función que se señala en la letra d) del artículo 12 del decreto con fuerza de ley Nº31, de 1953, del Ministerio de Hacienda, que fija la ley orgánica de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional.